“No creo que la situación del mercado español sea particularmente difícil”
Viviane Reding quita hierro a los problemas de las empresas españolas en la segunda parte de la entrevista exclusiva para Silicon News.
La penetración de la alta velocidad en España ha pasado del 15,2 por ciento al 18,3 por ciento en 2007, pero continúa siendo inferior a la media europea (20 por ciento). El regulador nacional español, CMT, dispone, gracias a la legislación europea en materia de telecomunicaciones, de medios suficientes para estimular la competencia en el mercado, para ofrecer servicios de calidad a precios razonables, y para compensar toda deriva imponiendo, llegado el caso, las medidas necesarias. Puedo asegurar que la Comisión seguirá atentamente esta evolución y tomará las medidas necesarias para mejorar las condiciones de competencia en el mercado ADSL español para garantizar ofertas competitivas a los consumidores.
En este punto, ¿cree que la alerta de una posible denuncia ante los Tribunales comunitarios podrá impulsar definitivamente un cambio en el modelo de mercado español y, por tanto, modificar esta situación?
Nuestro objetivo no es el de intervenir en el modelo de mercado como tal, sino el de favorecer el desarrollo de la competencia en este sector. Es el único modo, repito, de asegurar a los consumidores servicios de calidad y a precios reducidos. Seguimos de cerca los desarrollos legislativos en España y damos nuestra opinión sobre los proyectos de medidas presentados por la CMT manteniendo la posibilidad de iniciar, si es necesario, un procedimiento de infracción.
– ¿Cómo afectará el retraso en la aprobación del Tratado de Lisboa al sector de las telecomunicaciones y a la implantación de medidas europeas sobre la materia?
Las disposiciones del Tratado de Lisboa no constituyen, hablando con propiedad, una revolución en un sector ya bastante integrado. Pero la entrada en vigor del Tratado nos ofrecerá nuevas oportunidades y nos conducirá, indudablemente, a repensar nuestra manera de hacer Europa, lo que comprende los dominios ligados a las telecomunicaciones y de forma más completa a la Sociedad de la Información.
Los dos puntos más importantes del Tratado de Lisboa son la extensión del procedimiento de co-decisión (que permite a las dos ramas legislativas, es decir, el Parlamento europeo y el Consejo, adoptar un texto de ley desde un punto de igualdad y de acuerdo) y el voto por mayoría cualificada en el seno del Consejo.
Desde el punto de vista legislativo, uno de los recursos más utilizados por los promotores de la Sociedad de la Información es el artículo 95 del tratado CE. Es además sobre esta base que el Paquete Telecom ha sido propuesto y negociado. Este artículo prevé ya un procedimiento de codecisión por la mayoría cualificada.
Igualemente a señalar sobre este punto, el impacto del Tratado de Lisboa queda limitado y el retraso de los Estados miembros en los procesos de ratificación no afecta que un poco al sector de las telecomunicaciones. Además de esto, algunas de las ordenaciones más notables han tenido como consecuencia el redefinir profundamente “otras disposiciones” situadas hasta ahora fuera del campo de la codecisión y que tienen justamente un interés para nuestro sector, las telecomunicaciones. Sucede esto, por ejemplo, con las bases jurídicas relativas a la propiedad intelectual, a la política espacial o incluso los servicios de interés económico general.
Previsto por los tratados fundadores y extendido progresivamente a nuevas disposiciones durante las diferentes reformas de tratados, el voto por mayoría cualificada es indispensable en el seno de una Unión ampliada donde la unanimidad es cada vez más difícil de conseguir.
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