Categories: LegalRegulación

Varapalo a Uber: el abogado general del TJUE lo considera un servicio de transporte

Nuevo asalto en la batalla entre los taxistas españoles y Uber, que ha pasado ya por una fase de prohibición, que impidió a la compañía de San Francisco prestar servicio en España entre diciembre de 2014 y marzo de 2016. Desde que se volviese a permitir en nuestro país, Uber parecía inmersa en un proceso de crecimiento, con nuevas flotas y servicios y un plan de expansión a varias ciudades.

Ahora, un escrito del Tribunal de Justicia de la Unión Europea podría poner fin a esta nueva fase. El informe responde a una petición de decisión prejudicial enviada por un juez de Barcelona en verano de 2015, ante la demanda de una asociación de taxistas. Entonces, el juez pedía al alto tribunal que aclarase si Uber estaba ofreciendo una actividad de transporte o un servicio propio de la sociedad de la información. En tanto servicio de transporte, Uber sería ilegal según la normativa española, mientras que en el otro supuesto podría seguir manteniendo su modelo sin necesidad de cumplir con el reglamento del sector.

Este jueves se han conocido las conclusiones del Abogado General del TJUE, Maciej Szpunar, que establece que Uber pertenece al ámbito del transporte y, por tanto, se le puede obligar a contar con las licencias y autorizaciones que estén previstas para este tipo de actividad.

En sus conclusiones, Szpunar establece que Uber es, en realidad, un servicio mixto, que desarrolla parte de la prestación de forma electrónica y parte de forma física. Para ser considerado como propia de la sociedad de la información debería cumplir alguna de estas dos condiciones: que la actividad que se realiza por la vía electrónica fuese independiente de la que no que lo hace, como en las webs de reserva de hoteles; o que el prestador se encargase del servicio al completo, desde su reserva online a su prestación física.

Uber no cumple ninguno de estos dos requisitos, por lo que el abogado entiende que no puede “ser considerado un mero intermediario entre conductores y pasajeros” y no se considera servicio online, sino servicio de transporte. Esto no les obliga automáticamente a cumplir con las obligaciones del sector, pero sí facilita que las autoridades españolas tomen cartas en el asunto. La firma todavía no ha realizado ningún comentario oficial al respecto.

María Ramos

Recent Posts

Los mensajes RCS, otra vía de acceso para ciberataques

Los mensajes RCS ofrecen muchas más posibilidades que los SMS, pero también abren la puerta…

1 día ago

Telefónica Empresas ayudará a Microsoft a expandir los Copilot+ PC por España

Acompañará a las empresas en sus procesos de equipamiento, desde la elección del hardware hasta…

2 días ago

IBM y Esade promueven el uso de la IA en los Consejos de Administración

Juntos, trabajarán en la formación y la actualización de habilidades para que los consejeros impulsen…

2 días ago

ASUS lanza un Mini PC con inteligencia artificial

Este dispositivo incluye entre sus especificaciones procesador Intel Core Ultra (Serie 2) y botón Copilot.

2 días ago

EasyVisa adquiere una participación mayoritaria en OTRS Group

Ya cuenta en su poder con más del 90 % de las acciones del proveedor…

2 días ago

SoftwareOne y Crayon acuerdan fusionarse

Los actuales consejeros delegados, Raphael Erb y Melissa Mulholland, se convertirán en co-CEOs de la…

2 días ago