Una cantidad que repercutiría un 3,6% adicional a la cuota de abono mensual, que se sumaría a la establecida del 2% a comienzos de año. Esta identificación de llamadas es una herramienta activada por defecto a clientes que no lo han solicitado, por lo que “la imposición al usuario de bienes y servicios complementarios no solicitados” supone una cláusula abusiva según establece La ley de defensa del consumidor.
Por tanto según la denuncia de FACUA, Telefónica debe si así lo estima, dar de baja ese servicio a todos los clientes y que éstos decidan si quiere o no contratarlo.
El cobro abusivo (que raya en la usura) de estos 0,58 euros mensuales, multiplicado por cinco millones de clientes, supondría unos cuantos millones de euros más que engrosar a la cuenta de resultados de una de las primeras operadoras mundiales por beneficios.
Mientras tanto, España sigue a la cola de los países desarrollados en precio y calidad en banda ancha, gracias en parte a nuestro glorioso ex monopolio de comunicaciones, y con el regulador del mercado CMT en permanente periodo vacacional.
vINQulos
FACUA
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