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Telefónica abusó y la Comisión multó

La multa más alta a un operador de telecomunicaciones

La Comisión Europea ha impuesto una multa de 151,875 millones de euros a Telefónica por abuso de posición dominante en el mercado de banda ancha entre los años 2001 y 2006, al considerar que cobraba a sus rivales precios excesivos por el alquiler de su infraestructura de red y les dejaba un margen de beneficios insuficiente para competir.

La multa es, por un amplio margen, la más alta impuesta por el Ejecutivo comunitario a un operador de telecomunicaciones. Hasta ahora, Bruselas había sancionado a la francesa Wanadoo con 10,35 millones de euros y a la alemana Deutsche Telekom con 12,6 millones de euros por abuso de posición dominante en acceso a la red local y a Internet.

El Ejecutivo comunitario considera que, con sus prácticas comerciales, Telefónica debilitaba a sus competidores, dificultando que mantuvieran su presencia y su crecimiento, y les obligaba a incurrir en pérdidas si querían igualar los precios minoristas de Telefónica. El resultado es, según Bruselas, que los consumidores españoles pagan por el acceso a la banda ancha un 20 por ciento más que el promedio de la UE-15, mientras que su índice de penetración es un 20 por ciento inferior y su crecimiento un 30 por ciento más bajo.

“Por su gravedad y duración, el abuso de Telefónica merece una sanción severa. El abuso tuvo repercusiones muy negativas al obstaculizar la entrada de competidores en este importante mercado. El daño para los consumidores fue considerable”, señaló la Comisión a través de un comunicado.

La comisaria de Competencia, Neelie Kroes, afirmó que “el estrechamiento de márgenes que impuso Telefónica a sus competidores no sólo incrementó sus costes sino que perjudicó notablemente a los consumidores”.

“Cuando se perjudica a consumidores y empresarios en un mercado tan importante, toda la economía se resiente. No consentiré que las empresas dominantes fijen unos precios que den al traste con la liberalización de las telecomunicaciones”, añadió.

Abandonas el mercado o incurres en pérdidas

La decisión de la Comisión establece que, desde septiembre de 2001 hasta diciembre de 2006, el margen entre los precios minoristas de Telefónica y los precios para el acceso mayorista a la banda ancha tanto a nivel nacional como regional eran insuficientes para cubrir los costes en los que un operador tan eficiente como Telefónica habría tenido que incurrir para prestar acceso minorista de banda ancha.

Esto significa que un operador que compitiera en la banda ancha y fuera tan eficiente como Telefónica debía elegir entre abandonar el mercado o incurrir en pérdidas.

Bruselas cree que Telefónica en todo momento podría haber puesto fin a este estrechamiento de márgenes rebajando voluntariamente sus precios mayoristas. Subraya que sus precios mayoristas nacionales -que representaban en el 2006 el 70 por ciento de los precios afectados por la decisión- no estaban regulados y sus precios mayoristas regionales -que representaban en 2006 alrededor del 30 por ciento de los afectados por la decisión- sólo estaban sujetos a precios máximos fijados de antemano por el regulador español basándose en las estimaciones de Telefónica de 2001.

El operador español, prosigue el Ejecutivo comunitario, “estaba en condiciones de entender muy pronto -si no desde el principio- que esas estimaciones no se ajustaban a sus datos reales”. “El plan de negocio y las cuentas de costes de Telefónica muestran que la empresa no podía ignorar que estaba aplicando un estrechamiento de márgenes”, indicó la Comisión.

El Ejecutivo comunitario señala que tras la apertura de una investigación formal en Bruselas en febrero de 2006, el regulador español, la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones, analizó los mercados de banda ancha con arreglo al nuevo marco regulador en junio de 2006.

A raíz de dicho análisis, la CMT impuso un “descenso significativo” en los precios mayoristas nacionales y regionales de Telefónica en diciembre de 2006. “Esta intervención -señala el Ejecutivo comunitario- puso fin al abuso señalado en la decisión de la comisión”.

Redacción Silicon

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