Licencia de cableoperador
Un vacío legal ha permitido a la empresa Zattoo emitir por internet la señal de, entre otras, las cadenas privadas que emiten en abierto en España, pues ha conseguido del Ministerio de Industria una licencia de operador por cable cuando, según las televisiones, el suyo es un negocio online que no debiera por tanto, estar sujeto a las obligaciones propias de los cableoperadores como lo es la emisión de los canales analógicos.
Es por ello que, como ha publicado el diario Cinco Días, LaSexta prepara una demanda para septiembre contra la empresa, a la que acusa, entre otras “irregularidades”, de “pinchar” su señal “del aire” y de forma “totalmente alegal” ya que en ningún momento la cadena ha cedido a Zattoo la capacidad para emitir sus contenidos.
Sin embargo, la empresa declaró a Europa Press que su servicio es “cien por cien legal” y afirmó que “captura la señal que retransmite a través de su propio equipo de recepción sito en España, como cualquier otro operador de cable” ya que “está calificado legalmente como un servicio de difusión” de este tipo.
Por su parte, el letrado de LaSexta responsable del caso, José Pablo López, dijo a Europa Press que “la legislación actual resulta ambigua en lo que se refiere a la determinación de qué es y qué no es un operador por cable dado que, aunque plataformas como Zattoo han de utilizar el cable para trasladar las emisiones, su sistema de difusión no se apoya en un aparato transformador, sino en un programa que el usuario debe descargarse de una página web para instalarlo en su ordenador y, con él, sintonizar las cadenas”.
“Eso es un sistema de Televisión sobre IP, no de televisión por cable”, aclaró López, por lo que no puede someterse al ‘must carry obligation’ (obligación de difundir las analógicas) al que están sujetos operadores de cable como Imagenio, de Telefónica u Ono. Sin embargo, la compañía tiene una licencia de cableoperador, como confirmaron a Europa Press fuentes del Ministerio de Industria, aunque, LaSexta afirma que “no se conoce el proyecto que presentó” ante la institución para conseguirla.
“Si Industria dice que es un cableoperador, tendremos que acatarlo, pero de momento no sabemos si lo es o no”, entre otras cosas, porque LaSexta pidió a Zattoo una copia de su licencia para operar por cable recibió a cambio un ejemplar “convenientemente mutilado, que apenas tenía un párrafo” del que no se podía, según López, deducir los términos del permiso oficial. Para Zattoo, la documentación enviada “demostraba” que tenía la autorización.
Sin acuerdo previo
Es por ello que cuando Zattoo llamó a la puerta de LaSexta recibió una negativa por parte de la cadena que, primero reclamó una copia de la licencia de Industria y, después, al no quedar satisfecha con el texto recibido, rechazó definitivamente su participación en el proyecto. Sin embargo, en la web del operador aparece el logo de LaSexta y la posibilidad de sintonizarla por internet.
En este sentido, Zattoo afirmó que “mantuvo ya en marzo de 2007 reuniones personales con todas las cadenas de televisión españolas que emiten canales analógicos, informando a todas ellas en profundidad acerca del proyecto”, no quiso hacer comentarios “en cuanto al estado actual de las negociaciones” e incidió en que “sus retransmisiones en España están respaldadas bien por acuerdo explícito con la cadena de televisión en cuestión, bien por la obligatoriedad de transmisión” que marca el Reglamento del Cable.
Las mismas fuentes del Ministerio de Industria explicaron que la normativa actual sólo impone la necesidad de que haya acuerdo entre la cadena de televisión y el cableoperador que redifunde su señal para ajustar el pago de contraprestaciones. Sin embargo, no se explicita la necesidad de una negociación, ni se impone la firma de ningún documento previo a la emisión, por lo que el operador podría empezar a difundir sin autorización de la cadena.
“Ellos (por Zattoo) efectivamente son cableoperadores. El reglamento les impone la obligación de emitir los canales analógicos en abierto y especifica que la contraprestación económica por ello tiene que llegar de ambas partes. Habitualmente ambas partes coinciden en que esta difusión resulta beneficiosa, pero si alguno tiene algo que alegar ha de presentar un escrito ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones”, afirman desde el Ministerio.
Cesión de derechos
El problema es que a las privadas se les plantea un conflicto con sus proveedores de contenidos, con quienes mantienen suscritos convenios para la cesión y explotación de derechos. “A mí me autorizan, por ejemplo, a emitir por vía terrestre un partido de liga. Esa empresa puede entender que Internet no es difusión por vía terrestre y puede pedirme responsabilidades por ello”, explicó López.
Para evitarlo, presentarán un escrito ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y, “dependiendo de su respuesta, se estudiará emprender acciones por vía contencioso administrativa” ya que “entendemos que la televisión por cable es la de los sistemas tradicionales pero no un sistema en el que el usuario accede a los contenidos a través de internet, eso no queda cubierto por el reglamento”, confirmó López.
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