El Gobierno obligará a las operadoras a vigilar los contenidos en Red

En los próximos diez días, el Gobierno aprobará la reforma del Anteproyecto
de Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, que obligará a las
operadoras de telecomunicaciones a vigilar los contenidos que los usuarios
comparten a través de la Red, según ha informado
Europa Press.

Aunque aún se desconoce la fecha exacta para su aprobación -entre dos
posibles, del 13 o el 20 de abril? el renovado artículo 17 bis establece un
marco de colaboración entre los titulares de Derechos de la Propiedad
Intelectual y las entidades de gestión reconocidas por el
Ministerio de Cultura.

En virtud del mismo, las operadoras deberán informar a las entidades sobre
aquellas actividades que vulneren los derechos de propiedad intelectual en el
ámbito de la sociedad de la información. Para ello, el Gobierno realizará
evaluaciones periódicas con la información que le será facilitada anualmente por
las asociaciones.

De esta forma, aquellos prestadores de servicios de intermediación que actúen
siguiendo lo indicado en la ley estarán exentos de responsabilidad frente a los
clientes presuntamente infractores.

Para las distintas compañías, este nuevo artículo afecta a derechos
fundamentales como la libertad de expresión y el secreto de las comunicaciones,
ya que van a convertirse en “árbitros” o “policías” de la Red, pudiendo incluso
acusar a sus propios clientes de las ilicitudes.

Por otra parte, estas actuaciones, supondrán unos costes que no repercutirán
en los beneficiarios del sistema de colaboración, puesto que las asociaciones
beneficiadas no estarán obligadas a acreditar ningún tipo de representación
respecto de los titulares de derechos conexos, lo que rompe el principio de
legitimación según las operadoras.

Además, los operadores aseguran que la reforma legislativa pretende
introducir una garantía judicial sin contenido real, ya que después de presentar
las diligencias, no es necesario esperar a que el juez dictamine su procedencia
o improcedencia.

Para ellos, la medida no soluciona el supuesto que contempla que el cliente
y la persona que vulnera el derecho de la propiedad intelectual sean distintos y
les obliga a conservar los datos por si fueran solicitados por la autoridad
judicial.