La lucha por la privacidad de los usuarios de apps de ride-sharing

El año pasado a un ejecutivo de Uber se le escapó que dentro de la startup de consumo colaborativo tenían una herramienta para realizar el seguimiento de los pasajeros en tiempo real. Los empleados de la compañía contaban con algo llamado ‘God View’ con lo que podían acceder a los registros de actividad de sus clientes y espiarlos.

El asunto llegó a la prensa cuando Josh Mohrer, general manager de Uber Nueva York, fue acusado de seguir a una reportera mediante dicha herramienta. Los medios incluso especularon que podían utilizar God View para espiar a funcionarios del gobierno. La compañía sancionó al ejecutivo, pero el incidente ya había alcanzado los oídos de las autoridades y asociaciones por la protección de datos. Uber se vio obligada a cambiar su política en este sentido y se aseguró que solo ciertos empleados de perfil alto pudieran acceder a esta información y para un “conjunto limitado de fines comerciales legítimos”.

Ahora, esta preocupación por la privacidad de los usuarios clientes de Uber y otras aplicaciones de ride-sharing se ha materializado en una propuesta de ley (Assembly Bill 886) en el estado de California. Esta está apoyada por varias organizaciones de derechos de consumidores y respeto a la privacidad.

La medida busca la prohibición de solicitar, requerir o revelar datos de los pasajeros, como sus nombres reales, direcciones de correo electrónico, números de teléfono, ubicación, datos de tarjetas de crédito y otros, excepto para completar transacciones iniciadas por los consumidores o para luchar contra el fraude u otro delito.

Con la propuesta también esperan facilitar la cancelación de una cuenta en cualquiera de estos servicios, y por ende, la eliminación de cualquier identificación personal asociada a esa cuenta.

“La limitación de los datos recogidos por las aplicaciones móviles para compartir coche no reduce la funcionalidad y la disponibilidad para los consumidores que las utilizan y las aman”, ha señalado Chen. “Por el contrario, esta legislación no se trata de limitar el consumo, se trata de dar a los consumidores la propiedad de su intimidad, que puede ser objeto de abuso en determinadas circunstancias”.

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