¿Pagaremos un canon por tomar fotografías de un monumento?
El tema viene por una información sobre derechos de imagen del Auditorio de Tenerife. Un edificio singular diseñado por el famoso arquitecto Santiago Calatrava que otorga al Cabildo el “monopolio de explotación” del “uso de la imagen tanto fotográfica como ilustrada, de la totalidad o alguna de sus partes, así como el uso del logo o cualquier elemento definitorio del mismo.
Con una lista de precios que raya en la usura, Sánchez Almeida se pregunta si ¿realmente tiene derecho una entidad a controlar la toma de fotografías del exterior de un edificio, cobrando unas tarifas y exigiendo una autorización previa?
En el mundo del canon los conflictos entre marcas registradas, nombres de dominio y propiedad intelectual están a la orden del día pero esto es demasiao como diría un castizo. Según el monopolio de explotación que fija el Cabildo, la Wikipedia podría ser procesada por reproducir el dichoso Auditorio de Tenerife, recordemos una obra financiada con fondos públicos.
No llegará la sangre al río, parece, con la lectura de la Ley de propiedad intelectual y que cito: “las obras situadas permanentemente en parques, calles, plazas u otras vías públicas pueden ser reproducidas, distribuidas y comunicadas libremente por medio de pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales”.
Aunque no te confíes, a este paso las vacaciones van a costar un pico si te cobran por una simple “meadita”, un vaso de agua –del grifo- en algunos bares, y ahora por tomar una imagen exterior de un monumento.
vINQulos
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