El pasado mes de diciembre quedó aprobada la Ley 28/2022 de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, conocida como Ley de Startups o Ley del Ecosistema de las Empresas Emergentes.
Esta ley incluye diversas medidas fiscales, administrativas y mercantiles con el fin de ayudar a crear startups y hacerlas crecer, atraer talento e inversión a España y evitar que el talento nacional se vaya fuera del país. “Está cubriendo los aspectos más relevantes para el desarrollo de un ecosistema de startups: inversión, atracción y retención de talento… Se ha quedado un poco corta, pero al menos pone el acento donde debe estar”, declara Paloma Castellano, Directora de Wayra Madrid.
“El aspecto más destacado es que es una ley genuina y pionera en Europa en la creación de un ecosistema emprendedor”, afirma Leyre Celdrán, business manager director de la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI).
Como punto de partida, la ley ofrece una definición de startup o empresas emergente. “Esta nueva legislación es la primera en reconocer el carácter especial propio de este tipo de empresas y tiene en cuenta sus especificidades tanto en el ámbito administrativo como en el fiscal, civil y mercantil”, anota Mario Teijeiro, director de Deloitte StartmeUP.
Juan Carlos Merino, profesor de EAE Business School, detalla algunos de los requisitos que especifica la ley para que una empresa sea considerada startup. “Se puede definir la categoría de empresa startup como aquella que no supere los cinco años desde su constitución o siete para para sectores estratégicos como el de biotecnología, energía o industria; que sea independiente; tenga sede social o establecimiento permanente en España; disponga de la mayoría de la plantilla con contrato en España; cuente con carácter innovador, entendido como el desarrollo de productos o prestación de servicios nuevos o mejorados; que no sea cotizada ni haya distribuido dividendos; y cuyo su volumen de negocio no sea superior a los diez millones de euros”.
Castellano recuerda que “será necesario acreditar a través de la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) la condición de empresa emergente”, que se puede perder si dejan de concurrir las exigencias fijadas por la ley.
“Normalmente, la burocracia y la carga administrativa ahoga a los emprendedores. Que se simplifiquen estos procesos ayuda a potenciar el espíritu emprendedor”, comenta la portavoz de la AEFI.
Merino destaca que uno de los puntos fuertes de la Ley de Startups son sus medidas para aumentar la agilidad administrativa. “Prevé una ventanilla única y telemática para la certificación de empresas innovadoras como startups españolas (ONE). Además, se reducen los requisitos burocráticos para los inversores que no vayan a residir en España, que no estarán obligados a obtener el número de identidad de extranjero (NIE), facilitando la solicitud electrónica del número de identificación fiscal (NIF). Y también se favorece la equivalencia de los documentos emitidos en otros países y el coste mínimo de aranceles notariales y registrales”, precisa.
Remarca que “se prevé la creación de empresas emergentes en un solo paso, mediante el otorgamiento de un número de identificación fiscal, de manera que la empresa pueda completar los trámites para su constitución con posterioridad, eliminando el doble trámite registral y notarial”. Además, señala que “se prevé un procedimiento íntegramente electrónico”.
Asimismo, Teijeiro remarca que “está previsto que esta certificación se gestione de manera 100% telemática y sea resuelta en un plazo máximo de tres meses, en un esfuerzo por agilizar y simplificar los costes burocráticos para este tipo de empresas”. Además, recuerda que “la ley se complementa con la ‘Ley Crea y Crece’, que permite, entre otros aspectos, la creación de sociedades de responsabilidad limitada con un capital social de un euro”.
“Los incentivos fiscales son una reclamación histórica que se viene haciendo desde los sectores donde el emprendimiento ha proliferado más en los últimos años”, subraya Celdrán.
La nueva ley incluye una batería de medidas fiscales para favorecer la creación y desarrollo de startups. Por ejemplo, baja el Impuesto de Sociedades del 25% al 15%, por un máximo de 4 años, siempre y cuando la empresa siga siendo considerada emergente.
Además, Cristina Fernandez, directora del área de Fiscalidad Corporativa de KMPG Abogados, destaca que la ley ofrece “la posibilidad de compensar bases negativas, sin sujetarse al límite del 70% de la base positiva previa, en el primer ejercicio en que se obtenga una base positiva y en los tres ejercicios siguientes a éste”.
Además, la ley reduce los tipos impositivos en acciones o participaciones y permite comprar hasta el 20% de participaciones en autocartera para entregarlas a empleados, administradores u otros colaboradores como parte de un plan de retribución.
Vinculado también a la generación de autocartera, Merino recuerda que “la ley excluye a las startups, durante los primeros tres años desde su constitución, de las exigencias relativas al equilibrio patrimonial a los efectos de las causas de disolución, con lo que se refleja la especificidad de estas empresas emergentes en términos de activo y pasivo durante la fase inicial de la empresa, hasta la consolidación de su modelo de negocio”.
La ley también aclara la calificación fiscal de la retribución obtenida por la gestión exitosa de entidades de capital-riesgo —el denominado carried interest—, fijando un tratamiento fiscal específico para este tipo de retribuciones. De este modo, se consideran rendimiento del trabajo los ingresos derivados de participaciones, acciones u otros derechos, incluidas las comisiones de éxito. Estos rendimientos de trabajo se integrarán en la base imponible en un 50% de su importe, siempre que se cumplan determinados requisitos. “Ayuda a incentivar el sector de venture capital español, básico para el desarrollo y crecimiento del ecosistema”, anota Castellanos.
Asimismo, fomenta la inversión de business angels en startups, ya que incrementa la base de deducción de la inversión de 60.000 a 100.000 euros anuales, a la par que eleva el tipo de deducción del 30% al 50%. Y también simplifica los trámites para inversores extranjeros.
Castellano hace hincapié en las medidas incluidas con el fin de potenciar la atracción y retención del talento. “La medida estrella en este aspecto es la mejora de los planes de acciones, muy usados globalmente para atraer y fidelizar el talento. La fiscalidad española hacía muy complicada su ejecución porque hacía tributar a los trabajadores en el momento de la recepción de las acciones y no en el momento en el que el empleado recibe el valor monetario de las mismas. Esto es especialmente grave en el caso de startups, puesto que es posible que nunca llegue a ejecutarse una venta y el empleado se vea obligado a pagar por algo que no recibió. Esto hace que, de facto, en España la gran mayoría de las startups hayan optado por phantom shares”, apunta.
La nueva ley mejora el régimen de planes de acciones, incrementando de 12.000 a 50.000 euros al año el importe que no paga impuestos de stock options. También permite que los planes de acciones se den de forma diferente a los empleados. “Esta medida, que es positiva, se queda un poco corta, al estar limitada a que la empresa cumpla con las condiciones de empresa emergente”, valora la directora de Wayra Madrid.
“Otros aspectos positivos de la ley son la atracción de nómadas digitales y la recuperación de talento expatriado”, apunta. Esto se concreta en medidas como la creación de un nuevo visado de un año para nómadas digitales, la bajada del IRNR del 24% al 15%, el aumento de la residencia temporal de 2 años para estudiantes extranjeros de educación superior que quieran buscar trabajo en España al acabar sus estudios o la fijación del tipo aplicable del IRPF del 24% en el régimen de impatriados, hasta los 600.000 euros.
Fernández también remarca que la ley “mejora los incentivos para no residentes que decidan adquirir su residencia fiscal en España, que podrán optar por tributar por las reglas del IRNR en lugar del IRPF, lo que conllevará que sólo deban tributar por la renta generada en España y no por su renta mundial”. Además, indica que se flexibiliza la aplicación del régimen, ya que “se extiende no sólo al trabajador, sino también a su cónyuge e hijos menores de 25 años y discapacitados con independencia de su edad, si se dan determinados requisitos”.
Por otro lado, la experta de KPMG Abogados expone que “se regula una bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social del régimen de trabajadores autónomos en situación de pluriactividad”. Es decir, “se elimina la doble cotización a la Seguridad Social para los emprendedores que mantengan su empleo a la vez que lanzan sus empresas”, aclara la portavoz de la AEFI.
Todas estas medidas tienen un solo fin: impulsar la innovación. “Ley de Startups sienta las bases para poner la innovación y el ecosistema startups como uno de los vectores de la transformación digital del modelo productivo, abriendo un espacio para la configuración de nuevos tipos de servicios y modelos de negocio disruptivos”, remarca Teijeiro.
Por ejemplo, explica que “la ley contempla que las startups puedan realizar pruebas en un entorno controlado (sandbox) por un período de un año”. “Estos espacios serán supervisados por el regulador correspondiente, según el sector al que se dirija la actividad o servicio”, especifica. Merino indica que este sandbox “servirá para evaluar la utilidad, viabilidad y el impacto de innovaciones tecnológicas en los diferentes sectores de actividad productiva”.
Po otra parte, el director de Deloitte SmartmeUP reseña que la nueva ley tiene en cuenta la figura del emprendedor en serie. “No se fija un máximo en el número de startups previas. De esta manera, se fomenta el aprendizaje entre los emprendedores y se aumentan las posibilidades de éxito de las nuevas startups”, comenta.
La ley apenas tiene unos meses de vida, por lo que todavía habrá que esperar para ver sus efectos reales sobre el ecosistema de empresas emergentes. No obstante, se respira cierto optimismo. “Es un primer esfuerzo que marca el pistoletazo de salida en la carrera por regular el avance de la digitalización y atraer innovación que repercuta en España”, afirma Teijeiro.
En esta misma dirección, Marta del Castillo, CEO de Social Nest Foundation, opina que “la Ley de Startups tiene el potencial de acelerar el ecosistema de innovación y emprendimiento de base tecnológica en España”, ya que facilita la creación de empresas, favorece la captación y retención de talento digital y facilita la inversión en startups.
Igualmente, Fernández opina que “incorpora un marco normativo atractivo para atraer talento a nuestro país, con novedades de índole fiscal, mercantil y laboral con las que se pretende apoyar el ecosistema de startups en España, lo que supone un reconocimiento al papel que desempeñan, además de atraer trabajadores cualificados e inversión extranjera”.
Merino también considera que “el establecimiento de medidas que permitan el establecimiento de emprendedores, la creación y crecimiento de empresas innovadoras o el trabajo a distancia va a favorecer la atracción del talento y la inversión para este sector, ayudando al ecosistema español y su desarrollo y crecimiento”.
Los datos parecen confirmarlo. “En las primeras conversaciones con ENISA, manifiestan haber recibido mucho interés, ya que más de 600 empresas se han apuntado en el primer mes al formulario de prerregistro que se ha habilitado. Aunque el interés es elevado, hay que esperar un poco para ver cómo aterrizan de forma práctica las medidas”, anota la directora de Wayra Madrid.
El tiempo dirá si la nueva ley cumple sus objetivos o mostrará sus carencias. Aunque las valoraciones iniciales son bastante positivas. “La aprobación de una Ley de Startups es, desde luego, una buena noticia para todos los ecosistemas y para el talento innovador que hay en España. Se están dando pasos en la dirección correcta”, afirma la representante de la AEFI.
El profesor del EAE Business School comparte esta visión. “Como el propio preámbulo de la ley señala, las empresas emergentes presentan características específicas que hacen difícil su encaje en el marco normativo tradicional, por lo que la aprobación de una norma tan específica y orientada a cubrir las necesidades de este tipo de empresas les va a dotar de mayor estabilidad jurídica, al mismo tiempo que les va a permitir afrontar con mayores garantías los retos y necesidades a los que se enfrentan”, declara.
En cualquier caso, Del Castillo recalca que “es un primer paso para acelerar el emprendimiento innovador en España, pero no debería quedarse en esta etapa y deberíamos seguir trabajando juntos para crear nuevas medidas que nos ayuden a dar un salto cualitativo en este sector”.
Asimismo, Celdrán considera que “aún queda trabajo por hacer; sobre todo, en la regulación financiera y aseguradora”. “Aunque se pueda crear una empresa en un día o en un minuto, hay modelos de negocio que requieren una licencia o autorización parte de las administraciones públicas. Por ejemplo, para crear una fintech que se dedique a los pagos, es necesario contar con una licencia del Banco de España. Y el tiempo que se tarda en obtener esta licencia es de entre 12 a 18 meses. Por lo tanto, pasa un año o más sin que esa empresa pueda operar y facturar”, advierte.
Igualmente, la lectura de la ley que hace la directora del área de Fiscalidad Corporativa de KPMG Abogados es “positiva”. Aunque estima que “algunos aspectos quedan algo indeterminados y habrá que ver cómo se desarrolla el régimen de reconocimiento de empresa emergente que la ley atribuye a ENISA y si, en la práctica, se dotará o no de agilidad al proceso de reconocimiento”.
Además, incide en que “no podemos pasar por alto que ciertos requisitos que definen las empresas emergentes pueden dejar excluidas ciertas entidades que podrían estar en este círculo, como el límite de la facturación”.
La directora de Wayra Madrid también valora positivamente la Ley de Startups y opina que “detecta bien las palancas que pueden tener un efecto grande en el sector”, si bien considera que “se queda un poco corta”. “Por ejemplo, los planes de acciones tienen tanta letra pequeña que hacen complicada su ejecución”, añade.
Además, identifica una serie de puntos de mejora que confía que se incorporen en el futuro. “Para una corporación, la inversión en startups es una vía de añadir innovación a su actividad. Es una de las formas a través de las cuales realizamos actividades de investigación y desarrollo. Sin embargo, esta actividad de inversión directa o indirecta en startups no tiene la consideración de I+D fiscalmente. Creemos que la inclusión de la inversión de startups como actividad de I+D a efectos fiscales podría provocar un efecto llamada en el sector para que más corporaciones se unan a la inversión”, detalla.
Asimismo, cree que “la ley tiene un sesgo hacia empresas de muy reciente creación”. “Aunque siempre es bienvenido el apoyo en estas etapas, nos estamos dejando fuera a las empresas que ya han crecido, que ya tienen una capacidad de efecto multiplicador en ecosistema: las scaleups. En España existe bastante apoyo a empresas en etapa temprana, como aceleradoras e incubadoras. Sin embargo, estamos dejando de lado a empresas que ya tienen un producto con encaje en mercado, que han levantado sus primeras rondas de financiación y que pueden causar un impacto real en la economía. Estas empresas tienen retos de financiación y captación de talento, pero no pueden aprovecharse de las ventajas de esta ley. Mi reto al regulador sería, ¿para cuándo una ley de scaleups?”, plantea.
Por otra parte, Del Castillo echa en falta más medidas de apoyo que incentiven los emprendimientos innovadores con potencial de impacto social y medioambiental, “favoreciendo su acceso a capital y a clientes, como la compra pública”, detalla. “Creemos que es interesante seguir explorando modelos de innovación financiera con enfoque de impacto, un espacio donde el rol del sector público es fundamental. Recientemente, hicimos un informe sobre innovación financiera para el impacto y las oportunidades públicas y privadas donde identificamos claras opciones para administraciones públicas y entidades privadas para catalizar el ecosistema de innovación”, explica.
Además, recuerda que recientemente se aprobó la Ley Crea y Crece, que reconoce la figura de las Sociedades de Beneficio e Interés Común (SBIC), por lo que considera que “sería interesante” integrarla con la Ley de Startups, “para generar medidas que favorezcan adicionalmente a empresas innovadoras con enfoque de impacto social y medioambiental”.
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