En el año 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) autorizó la fusión de Telefónica y DTS (antigua Sogecable), pero la condicionó a una serie de compromisos respecto a la televisión de pago.
Entre otras cosas, Telefónica tenía que ofrecer a sus rivales una oferta de contenidos anual con canales premium y se fijó un acceso no discriminatorio a operadores OTT.
Ahora la CNMC multa a esta compañía al resolver que ha incumplido. Según explica, en la temporada 2016/2017 asignó los costes fijos del canal Movistar Partidazo de manera incorrecta. “Tomó en consideración un número de abonados propios inferior al que debería haberle correspondido para el reparto inicial del coste mínimo garantizado del canal”, dice. Esto significa que otros operadores que querían contratar dicho canal tuvieron mayores costes, frente a una reducción de los mismos para Telefónica.
Ante esta “discriminación” a Vodafone, Orange y Telecable, se ha emitido una sanción por valor 1,5 millones de euros.
Todo esto es resultado de la vigilancia que lleva a cabo la CNMC para comprobar que Telefónica es fiel a los compromisos adquiridos con la compra en su día del 56 % de DTS al grupo Prisa.
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