El inicio de este litigio lo encontramos en una demanda que interpuso la Asociación de Consumidores FACUA el pasado 2008 en la que acusaban a la compañía que comenzar a cobrar por este servicio, hasta entonces gratuito, sin avisar a los clientes.
El entonces ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria, aseguró que si Telefónica no dejaba de cobrar esta cuota mensual llevarían el caso ante los tribunales, pero declaración de intenciones quedó en agua de borrajas y ha tenido que ser la Junta de Andalucía tres años después la que ha impuesto una multa a la compañía.
El castigo para Telefónica será pagar dos multas, ambas de 220.000 euros. Una porque la compañía ha cobrado a sus clientes por un servicio no contratado y la otra porque no les informó debidamente de la implantación de esta cuota mensual.
Si bien la cantidad que se cobra por el servicio de identificación de llamadas no es muy elevada, hay que tener en cuenta que la llevan cobrando a todos sus clientes desde octubre del año 2008.
De hecho, el dinero que Telefónica ha sido condenada a pagar es el mismo que ingresan en sólo dos meses cobrando este servicio a sus clientes de Andalucía, según informa FACUA.
“FACUA valora positivamente haber logrado estas sanciones”, según confirma la asociación en un comunicado, pero se muestran críticos con “la lentitud de la Dirección General de Consumo” y con la cuantía de la multa ya que consideran que no es “en absoluto proporcional a la magnitud de las irregularidades cometidas”.
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