Lo del concurso por “procedimiento abierto”, es de chiste. Aunque la convocatoria esté dirigida a empresas de servicios, el gran beneficiado, con nombre y apellidos, con los 10 millones de euros que cuesta el mismo, será como no Microsoft.
La Comunidad de Madrid se salta la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público a la torera. Dice la misma en su artículo 101.8: “Salvo que lo justifique el objeto del contrato, las especificaciones técnicas no podrán mencionar una fabricación o una procedencia determinada o un procedimiento concreto, ni hacer referencia a una marca, a una patente o a un tipo, a un origen o a una producción determinados con la finalidad de favorecer o descartar ciertas empresas o ciertos productos…”.
No hay razones técnicas, ni organizativas, ni administrativas, ni financieras que justifiquen este tipo de concurso. ¿Para cuándo un programa gradual de implantación y formación de software libre en las administraciones españolas? ¿Hasta cuándo debemos los contribuyentes estar bajo el yugo de Microsoft y otras empresas de software privativo y sus costosas licencias?
vINQulos
APISCAM, vía Barrapunto.
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