Los operadores no podrán vigilar la red para evitar descargas ilegales
El Tribunal de Justicia de la UE ha declarado ilegal que un juez ordene a un operador la supervisión de datos que transmita en su red para evitar descargas de contenidos con derechos de autor.
El órgano judicial considera que este sistema de filtrado podría vulnerar derechos fundamentales de los clientes como la protección de datos, la libertad de prensa y el derecho a la libertad de comunicar y recibir informaciones.
El fallo se emite después de que Sabam, sociedad de gestión de derechos de autor belga, denunciara en 2004 la utilización de los servicios de Scarlet (proveedor de acceso a internet) para realizar descargas ilegales.
Entonces, el presidente del tribunal de primera instancia ordenó a Scarlet que pusiera fin a estas infracciones, bajo pena de multa. El operador recurrió al tribunal de apelación de Bruselas, considerando que la obligación era incompatible con la directiva sobre comercio electrónico y derechos fundamentales.
Finalmente, los derechos fundamentales se han impuesto al resto. Se considera que el requerimiento judicial inicial “implica supervisar la totalidad de comunicaciones electrónicas”. Por tanto, “implicaría una vulneración de la libertad de prensa de Scarlet” además de “la vulneración de los derechos fundamentales de sus clientes”, recoge Europa Press.
En definitiva, se considera que el sistema de filtrado no respeta la el cumplimiento del equilibrio entre el derecho de propiedad intelectual y la libertad de prensa, y otros derechos fundamentales como la protección de datos personales o la libertad de recibir o comunicar informaciones.