La sentencia se dictó en un caso en el que un hombre fue descubierto de haber robado 650.000 dólares a su empresa mientras trabajaba allí como contable. El robo salió a la luz cuando la empresa ordenó un registro, sin su autorización, de su portátil y sobremesa en el trabajo.
El hombre (cuya identidad no puede ser revelada porque padece SIDA) fue acusado del robo, pero después denunció a la empresa por haber recogido esta información personal de forma ilegal. El tribunal Superior de Nueva Jersey, sin embargo, vio las cosas de otra manera.
Según reza la sentencia: “X no podía esperar privacidad de la información personal guardada en un ordenador que pertenece a su lugar de trabajo. Incluso aunque esperase esa privacidad por tener guardada la información con una contraseña, esa exigencia no se sostiene según los hechos de este caso”. El tribunal se basó en una sentencia precedente en la que se estableció que una persona que abandona la propiedad no puede esperar ya privacidad en relación a ella.
El dinero robado a la empresa incrementaba su salarioi de 40.000 dólares anuales a 125.000.
vINQulos
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