La medida afecta a quince millones de tarjetas prepago adquiridas antes de noviembre de 2007 ya que después de esa fecha ya era preceptivo identificar a su titular. La norma se ideó después de los atentados del 11 de marzo de 2004 contra trenes de Cercanías en Madrid, donde se usaron este tipo de móviles.
El ministro Rubalcaba destacó la importancia de esta identificación en la lucha de las fuerzas de seguridad del estado contra el crimen organizado y el terrorismo, aunque en la práctica un delincuente podrá comprar tarjetas y móviles en países fuera de la Unión Europea -donde no sea obligatoria la identificación- para después utilizarlo en España.
Además, la Ley de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones (Ley 25/2007 de 18 de octubre) establece que los operadores de servicios de telefonía móvil prepago deberán llevar un libro-registro en el que conste la identidad de los clientes. Los datos pueden ser requeridos por orden de un juez, con la finalidad de detectar, investigar y enjuiciar delitos graves.
Los propietarios de tarjetas prepago que aún no se hayan identificado, más de quince millones según las operadoras, podrán hacerlo en los puntos de venta de la compañía correspondiente con la presentación del DNI.
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