El magistrado Gary Brown ha emitido ese veredicto ante el caso de la descarga ilegal de una película pornográfica, y ha señalado que tratar de demostrar la culpabilidad de un usuario basándose solo en su dirección IP es una pérdida de tiempo.
Para el juez, no se puede demostrar que la persona que paga por un acceso a internet en un determinado lugar es la misma que se descargó ese contenido pirateado.
En ese sentido, Brown pone como ejemplo el caso de las llamadas telefónicas, ya que tampoco se puede saber si la persona que paga las facturas ha realizado una determinada llamada.
Además, con la implantación de las conexiones vía Wi-Fi, una misma dirección IP puede haber sido empleada por varios miembros de una familia o por un usuario externo que haya logrado conectarse.
La resolución de este caso podría sentar un precedente y tumbar las múltiples denuncias interpuestas en Estados Unidos contra usuarios del servicio P2P BitTorrent.
Por otro lado, la decisión del juez Brown también podría ser utilizada en contra de los planes que entrarán en vigor en julio, y que implican que las operadoras podrían cortar el acceso a internet a aquellos usuarios que reciban seis avisos por haber hecho descargas ilegales.
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