La vuelta al mundo en 15 leyes antipiratería (I)
Con el amparo de las archiconocidas SOPA y Ley Sinde u otras como Hadopi, Döring y Urbani, son varios los países que penan con multas monetarias y sentencias de cárcel la descarga ilegal de archivos en Internet.
La pelota está ahora en el tejado del Tribunal de Justicia que puede o bien rechazar el proyecto o bien darle el visto bueno. Eso sí, si un mínimo de seis Estados se decantase por apoyarlo, sería de obligado cumplimiento para sus habitantes aunque sin contar con el paraguas supranacional.
España: Ley Sinde-Wert
En caso de salir adelante, el ACTA se combinaría en España con la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible, conocida popularmente por los apellidos de sus principales impulsores, la ex-Ministra de Cultura Ángeles González Sinde y su sustituto en el cargo José Ignacio Wert. Ideada por el Gobierno socialista, recomendada (apremiada) por los Estados Unidos y aprobada el 30 de diciembre por el equipo de Mariano Rajoy, la nueva legislación entró en vigor a principios de mes y ya tiene en el punto de mira a 25 páginas de descargas, como SeriesPepito, EliteTorrent, PorDescargaDirectay GratisJuegos. Paradójicamente uno de los organismos que más ha luchado por el cambio de ley, la SGAE ha decidido no emitir ninguna denuncia, y la primera demanda contra otras 210 webs que se autoinculparon por enlazar una canción con copyright corrió a cargo del músico Eme Navarro a modo de reivindicación y buscando colapsar el sistema.
Para conocer el desenlace tocará esperar. Y es que después de ser contactada, la denominada Comisión de Propiedad Intelectual agota un plazo de 20 días para determinar si se han vulnerado los derechos de autor y, en caso afirmativo, tramitar el cierre del sitio en el menor tiempo posible. Una vez que los supuestos delincuentes reciben el aviso, tienen 48 horas para borrar el contenido o recurrir la decisión. En este supuesto se inicia otro periodo de deliberaciones, con 2 días para presentación de pruebas, 5 para resumen de conclusiones y 3 para el dictamen de la resolución final. De ratificarse la culpabilidad, se conceden 24 horas para eliminar definitivamente el material de la polémica. En todo este proceso la Justicia sólo interviene para solicitar a los ISPs la identidad de los infractores y aprobar la decisión de un órgano administrativo en la que no ha intervenido con anterioridad. Otro punto polémico es la ambigüedad de la redacción de la ley, que vuelve denunciable a cualquier página.
¿Y en el resto de Europa? Responderemos a ésta y otras preguntas en la segunda parte del reportaje que publicaremos próximamente.