La vuelta al mundo en 15 leyes antipiratería (I)
Con el amparo de las archiconocidas SOPA y Ley Sinde u otras como Hadopi, Döring y Urbani, son varios los países que penan con multas monetarias y sentencias de cárcel la descarga ilegal de archivos en Internet.
¿Qué hace falta para clausurar una página de descargas? Una orden del FBI, la acción de un escuadrón policial contado por decenas de agentes y el refuerzo de dos helicópteros. Al menos ese fue el dispositivo desplegado para arrestar hace ahora dos meses al ex-hacker metido a excéntrico empresario Kim Dotcom, requisar parte de su fortuna y suspender la actividad del servicio de alojamiento de archivos Megaupload. Sin ley antipiratería de por medio, y alegando varios delitos de propiedad intelectual, crimen organizado y blanqueo de dinero, el Departamento de Justicia estadounidense consiguió deshacerse de la decimotercera web más popular del mundo, de su fondo de miles de películas, series y programas de televisión, de sus 150 millones de usuarios registrados y la “lacra” de unos 50 millones de visitas diarias.
Y no sólo eso. En una especie de efecto dominó muchos sitios perdieron gran parte de su contenido (como SeriesYonkis o CineTube), mientras otros tantos reaccionaron prohibiendo el intercambio de material (FileSonic), bloqueando el acceso a ordenadores con dirección IP de Estados Unidos (Uploaded) o borrando archivos de forma masiva (Fileserve, VideoBB, VideoZer, Zshare y un largo etcétera). Lo curioso del caso es que por esas fechas congresistas y senadores debatían la aprobación de las propuestas Stop On Line Piracy Act (SOPA) y Protect IP Act (PIPA). Ambas pretendían luchar contra la violación de contenidos protegidos por derecho de autor y ambas fueron suspendidas temporalmente, vencidas por la opinión pública, a la espera de un mayor consenso.
Estados Unidos: SOPA, PIPA y OPEN
Paralizadas, que no rechazadas. Actualmente continúan las negociaciones y es previsible que la legislación norteamericana sufra notables cambios. Según denuncian los adalides de una regulación férrea, la piratería roba a la industria del país más de 130.000 millones de dólares al año, lo que haría necesario bloquear las páginas infractoras, sancionar a sus autores con medidas de asfixia económica y a los usuarios con penas de hasta 5 años de cárcel. El problema es que tal y como está planteada, da pie a multitud de interpretaciones, como la posibilidad de cargar contra las redes sociales por el material colgado por sus miembros o la inspección de las direcciones IP por parte de los proveedores.
¿La solución? Por ejemplo, optar por la tercera vía de la Online Protection and Enforcement of Digital Trade (OPEN), una alternativa apoyada por los gigantes de Internet que garantizaría la continuidad de los servicios hasta que un dictamen judicial probase la existencia de delito. De todos modos, una unidad especializada en delitos cibernéticos dependiente de la Oficina Federal se ocupa desde hace años de limpiar la red por su cuenta, como han comprobado en sus carnes los responsables de Megaupload o los hacktivistas de los grupos Anonymous y LulzSec durante las últimas semanas.
Unión Europea: ACTA
No menos trabas está encontrando el Acuerdo Comercial Anti-Falsificación (ACTA) para pasar el escollo de la Unión Europea. Tras ser ratificado por Estados Unidos, Canadá, Australia, Japón, Corea del Sur, Singapur, Nueva Zelanda y Marruecos en octubre, y firmado a finales de enero por un grupo de 22 países europeos, incluyendo a España, este tratado de naturaleza internacional que persigue la piratería digital junto las falsificaciones de marcas todavía tiene que recibir el visto bueno del Parlamento. Pero su relator ya ha dimitido por la falta de transparencia durante las negociaciones y los eurodiputados dudan de la compatibilidad del texto con otras normas, como los derechos fundamentales de los ciudadanos.
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