El sistema de canon digital impuesto desde 2012, por el que se compensa a los autores por copia privada con dinero público, quebranta la normativa comunitaria y debe anularse.
Hace dos años, el Tribunal Supremo consultó a la justicia europea si el nuevo esquema introducido por el gobierno de Mariano Rajoy era compatible con la directiva comunitaria de derechos de autor. Hoy, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que es ilegal al “no asegurar que el coste de la compensación sea soportado, en último término, por los usuarios de copias privadas”.
El error radica en que la compensación no se calcula según el perjuicio sufrido por los titulares de los derechos de autor sino que se limita a priori en los presupuestos, recayendo sobre todos los contribuyentes (también empresas y otros entes no sujetos a este canon).
De acuerdo con el TJUE, la compensación por copia privada debe ser a costa de las empresas tecnológicas.
El Gobierno de Mariano Rajoy modificó el canon anterior, de 1992, para introducir la compensación ligada a cada compra privada por una partida habilitada en los Presupuestos Generales del Estado destinada a las entidades gestoras de derechos de autor.
En enero, el abogado general de la UE ya advirtió que el procedimiento no se ajustaba a las normas comunitarias. Su opinión no era definitiva, pero los jueces del TJUE siguen sus recomendaciones en el 80% de los casos.
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