La declaración del estado de alarma a mediados de marzo supuso la suspensión por parte de los operadores de las portabilidades numéricas entre unas compañías y otras. En abril se permitió retomar esta actividad siempre y cuando no fuese necesario un desplazamiento físico al domicilio o un centro de atención al cliente.
Y ahora la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) establece los plazos para volver a la situación anterior al estado de alarma.
Según, ha comunicado, “las dinámicas competitivas y comerciales” regresarán a la normalidad a cinco días después de que se alcance el fin del estado de alarma, algo que no sucederá antes de finales de junio, “sin que ello requiera nuevo procedimiento administrativo”. El plazo de cinco días es el mismo para portabilidades fijas y portabilidades móviles.
Además, se ratifican las medidas cautelares de cupos hasta que cese el estado de alarma.
Para la portabilidad móvil está estipulado un 25 % del cupo por operador. Una vez que las medidas excepcionales adoptadas por el Gobierno lleguen a su fin, los operadores deberán adaptarse de manera progresiva, con un incremento del 15 % diario hasta recuperar su valor previo.
Para la portabilidad fija también habrá que realizar un incremento porcentual hasta llegar al 100 % el quinto día. En su caso, se ha establecido un límite técnico transitorio de 50 portabilidades diarias por operador.
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