La CMT extiende la rebaja de los precios de interconexión
La resolución, que afecta a todas las operadoras, tiene como objeto
propiciar la efectiva competencia en el mercado de los servicios de
telecomunicaciones.
La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha rechazado el
recurso interpuesto por Vodafone España en el que solicitaba que la
rebaja de sus precios de interconexión en un 7 por ciento se aplicara
únicamente a las operadoras de telefonía fija que así lo solicitaran.
En su recurso, Vodafone argumentaba que las medidas cautelares impuestas por
la CMT para fijar sus precios de interconexión sólo se justificaban por
la necesidad de que Telefónica de España bajara sus precios para cumplir
con el price cap de 2003, por lo que únicamente deberían
aplicarse a dicha compañía o a sus competidores directos, y no a las
operadoras de móvil.
Asimismo, aseguraba que la aplicación
de la resolución a todas las compañías de móvil supone un perjuicio
económico para Vodafone, dado que aumenta la diferencia entre las
tarifas de interconexión con Amena, con lo que incrementa la subvención
cruzada a otros servicios que la filial de Auna puede hacer con estos
ingresos extras.
En conclusión, Vodafone alegaba que la medida
cautelar adoptada sería contraria al objetivo de garantizar la
competencia efectiva en el mercado, ya que le situaría en una posición
de desventaja frente a Amena respecto a la que ocupaba antes de la
declaración de ésta como dominante en el mercado de la interconexión.
El regulador insiste en que el objetivo principal de su resolución no era
servir como referencia a Telefónica de España para la rebaja de sus
precios por el price cap, sino que su intención era orientar a
costes los precios de interconexión de Vodafone, una vez identificada
la diferencia existente entre el coste real y el precio aplicado, así
como la prolongación de tal discrepancia en el tiempo.
Según la CMT, no concurren elementos de juicio suficientes para apreciar
la existencia de un perjuicio económico para Vodafone derivado de la
resolución impugnada. La resolución se limita a fijar los precios de
terminación en función de los costes reales, uno de los instrumentos
fundamentales para propiciar la efectiva competencia en el mercado de
los servicios de telecomunicaciones.