La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información ha solicitado a los operadores de telefonía fija, móvil e Internet que revisen los textos de los contratos que ofrecen a los clientes para dar cumplimiento a la nueva normativa sobre derechos de los usuarios, con la eliminación o adaptación de toda cláusula que no respete “rigurosamente” las nuevas exigencias fijadas por el Gobierno.
En concreto, el departamento ministerial ha advertido a los representantes de los operadores de que “los principales fallos” de sus contratos se encuentran en las cláusulas de permanencia, en los plazos para darse de baja y para comenzar a dar servicio y en las formas de pago previstas.
Así, Industria resalta que las cláusulas de permanencia deben cumplir un doble requisito: que no constituyan una penalización por darse de baja y que las consecuencias estén expresamente previstas en el contrato.
Respecto al plazo para darse de baja, Industria indica que el usuario tiene derecho a ello avisándolo quince días antes al operador. “Están prohibidas las cláusulas que establecen un preaviso con plazo superior”, añade.
Igualmente, el Ministerio explica que la normativa reconoce al usuario el derecho a elegir la forma de pago entre las más usuales en el tráfico comercial. Por lo tanto, se requerirá a los operadores que sólo incluyen la domiciliación bancaria que admitan otras que posibiliten el ejercicio del derecho a elegir el medio de pago.
Acerca de los plazos para comenzar a dar el servicio, Industria resalta que debe figurar obligatoriamente en el contrato. “Se va a obligar a que todos los operadores lo incluyan, ya que en ocasiones no figura o lo hace de manera muy indeterminada”, advierte.
La nueva normativa establece que los operadores de telecomunicaciones comuniquen a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información los contratos-tipo que regulen sus relaciones con los usuarios, a pesar de que únicamente los referidos a la prestación del Servicio Universal de telefonía fija por parte de Telefónica de España requieran de aprobación.
Asimismo, los operadores tienen la obligación de comunicar sus contratos a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), la Agencia Española de Protección de Datos y al Consejo de Consumidores y Usuarios, con el fin de que comprueben el ajuste de su contenido a la nueva normativa.
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