Google y el “Derecho al Olvido”: entrevistamos a Samuel Parra y Verónica Alarcón de ePrivacidad
Ante la sentencia del TJCE que da la razón al ciudadano español que recibió una negativa por parte de Google a eliminar de sus búsquedas un resultado que remitía a un embargo del que fue objeto años atrás, se abre un período en el que podríamos solicitar al buscador que no ofrezca resultados con contenidos que nos perjudiquen.
A fin de aclarar algunos conceptos sobre esta cuestión hemos entrevistado a dos abogados de ePrivacidad, gabinete especializado en Derecho de la Tecnología, delitos contra el honor y la privacidad y particularmente la eliminación de datos de Internet. Nos ponemos al habla con Samuel Parra y Verónica Alarcón.
¿Qué supone esta sentencia del TJCE?
La sentencia confirma algo que veníamos defendiendo, el derecho a exigir a Google que elimine algunos resultados que pueden resultar perjudiciales, puede modificar la relación del usuario respecto a la información que se publica de él porque ya se puede dirigir al buscador para que elimine o corrija información que pueda perjudicarle.
¿Se trataría de un tipo de censura?
Realmente no existe un derecho al olvido como tal, pero sí se puede solicitar que se ejercite una protección a la tranquilidad del ciudadano sobre la información que sobre él aparece en la Red.
Esta sentencia no es un derecho a la censura sino que se actualice la información que aparece en Internet de maner que no figure como actual información de hace mucho tiempo. Incluso cuando cometemos un delito nos condenan y cumplimos la condena los antecedentes penales, transcurrido un plazo, se “borran”, ¿por qué no existe esto en Internet?
El abogado general ya dijo en 2013 que a Google se le puede aplicar el derecho de rectificación que ya existe, pero afortunadamente el TJCE reconocq que sí existe este derecho y sí es exigible incluso a Google, que insiste en que por tratarse de una empresa radicada en Estados Unidos no debe serle de aplicación la legislación comunitaria.
¿Por qué en estos casos no estaríamos hablando de censura?
El problema no es que la información aparezca en un medio o una publicación de hace tiempo sino que Google la muestra en la actualidad de forma tan penosamente eficiente. Lo que queremos no es que la información desaparezca de la página que la publicó, no queremos que se borre el BOE, lo que pedimos es que Google no indexe la información que el peticionario no desea que aparezca como resultado en una búsqueda, pero la información no desaparece, seguirá estando en el lugar de origen. Si vas a la hemeroteca o al BOE podrás seguir buscándola.
¿Qué obstáculos se encuentran en la legislación aplicable a esta materia?
La normativa que hasta ahora se aplica es obsoleta, es de 1995, no existía Google, Facebook, Twitter. Internet no existía tal y como ahora lo conocemos. Se está trabajando en un Reglamento europeo que se ocupe de estas cuestiones pero aún debemos esperar hasta que esté listo.
En Internet ¿podemos ser dueños de lo que publicamos nosotros, pero no de lo que publican otros?
En efecto. Se ha puesto de moda en los últimos años, debido a la facilidad existente para publicar en Internet, algo impensable hace diez años, la generación de perfiles falsos y páginas web anónimos en las que se publican específicamente contenidos insultantes, ofensivos y vejatorios, algo que se ve con frecuencia en institutos, con ataques contra compañeros contra los que existe animadversión, y es complicado luchar contra ellos por la dificultad en dirigirnos contra servidores que están situados en el extranjero y que es donde se albergan dichos contenidos. Se han disparado las denuncias a causa de estos perfiles falsos en redes sociales como Twitter.
¿Cómo es el procedimiento a seguir cuando un ciudadano desea que desaparezcan de Internet datos que le afectan?
Nos dirigimos en primer lugar a la Agencia Española de Proteccion de Datos, que al ser órgano administrativo no requiere plantear procedimiento judicial con lo que ello supone de ahorro económico al cliente, máxime dada la actual situación y teniendo en cuenta la problemática de las tasas judiciales que inevitablemente encarecen la actuación.
A continuación, y en caso de negativa, se acude a la Audiencia Nacional solicitando a Google que retire los datos personales de nuesros clientes. El TJCE, curiosamente, ha confirmado el sentido en que realizabamos estas peticiones hasta ahora, en los mismos términos que usamos nosotros en nuestro planteamiento. En los recursos que tenemos ahora ante la AN el TJCE ha considerado que a Google le es de aplicación exactamente nuestra argumentación, consideramos que nos respalda.
¿De cuántos asuntos pendientes estamos hablando y cuánto tendrán que esperar para ver resueltas sus peticiones?
Actualmente, y desde septiembre de 2013 tenemos 223 demandas paralizadas en la AN, pendientes precisamente de que llegase esta resolución y del sentido de la misma. Evidentemente todos los casos no son idénticos pero esperamos que en esencia se aplique la respuesta que hoy ha expresado el TJCE.
¿Y Google acata?
Google hasta ahora recurre sistemáticamente pero no acata las resoluciones que desde 2008 le dan la razón al ciudadano pero el buscador ignora por completo las mismas. Su postura es que la AEPD no tenía potestad para obligarles a retirar la información.
Entonces ¿se consigue realmente eliminar la información perjudicial para el solicitante?
En la mayoría de los casos sí pero no porque Google elimine el resultado de la búsqueda sino porque, al menos en el caso de ePrivacidad, realizamos la gestión oportuna ante la página que albergan dicha información y son ellos quienes la retiran. El problema de fondo es que Google mantiene que son intermediarios y que no mantienen los datos, que el responsable es el editor o webmaster de la página donde está albergada la información. La novedad es que ahora el TJCE extiende esa responsabilidad al buscador.
Google argumentaba que era un mero intermediario y que había que entenderse en estas controversias con el generador original de la información.
¿Estas controversias aparecen también con otros buscadores?
El problema existe únicamente con Google, el resto de buscadores, como Yahoo y Bing, suelen acceder con facilidad a las peticiones por parte de los solicitantes de retirar resultados de búsquedas que les perjudican, incluso si en una primera instancia no acceden cuando la petición se efectúa a través de la AEPD los retiran y no suelen recurrir, siempre que la petición esté fundamentada adecuadamente. Pero Google es realmente quien plantea problemas por negarse sistemáticamente.
¿Es Google tan malvada?
Google es una empresa muy grande, con herramientas y servicios muy buenos y prácticos, pero cuando afecta a la esfera personal de los ciudadanos surgen problemas que hay que solucionar para que haya seguridad jurídica. Cuando alguien da algo gratis es que nosotros somos el producto, y Google, que es una empresa pública, no debería ganar dinero facilitando información que puede perjudicarnos.
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