Los usuarios de las operadoras telefónicas pueden considerarse hoy de enhorabuena. Por primera vez en la historia un juzgado ha condenado a una compañía de telecomunicaciones a resarcir económicamente a sus clientes por los daños morales ocasionados, sentencia que podía sentar un precedente en el mundo de las telecos.
La Audiencia Provincial de Madrid ha obligado a France Telecom a desembolsar 6.100 euros a un matrimonio, cuya línea de Telefónica había secuestrada en 2005 por Wanadoo, antigua marca de la compañía francesa, sin que dicha portabilidad hubiera sido solicitada, según informa El País.
Pese a ponerse en contacto con un responsable de Wanadoo y rechazar las ofertas para permanecer como clientes con la firma francesa, los usuarios solicitaron la liberación de la línea, dificultándose ésta.
El fallo considera que la pareja sufrió incomodidades personales y profesionales, dado que el servicio era requerido para el desempeño de la actividad laboral de ambos y ha fijado la indemnización de acuerdo a causas morales. Esta es la primera vez que un organismo jurídico reconoce motivos de este tipo y considera otro tipo de daños además de los materiales.
Tras decisiones como ésta es posible que las operadoras comiencen a replantearse un cambio de estrategia en sus políticas y servicios de atención al cliente, normalmente colapsados por reclamaciones y quejas cuyas resoluciones se convierten en un largo calvario para el consumidor.
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