Estrasburgo limita el acceso de las empresas al correo de sus empleados
El dictamen del Tribunal Europeo de Derechos Humanos implica que las compañías deben informar por anticipado si se vigilan los emails.
En 2004 Bogdan Bărbulescu, un ciudadano de Rumanía, comenzaba a trabajar en una empresa privada de Rumanía, en la parte de ventas. Para su relación con los clientes se creó, a instancias de sus jefes, una cuenta de correo de Yahoo Messenger. En 2007, estos mismos responsables le despedían, bajo la acusación de que, tras monitorizarla, habían descubierto que había empleado esa cuenta para su uso personal, lo que iba contra la política interna de la empresa.
El empleado decidía recurrir a la justicia de su país, entendiendo que habían violado su derecho al acceder a sus comunicaciones, pero con poco éxito. Tras apelar a las instancias judiciales superiores en su país, el afectado decidía acudir en 2008 al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Este es el caso Bărbulescu vs. Rumanía, del que la Corte de Estrasburgo ha emitido hoy un veredicto que podría tener mayores implicaciones para las empresas a la hora de acceder al correo de sus empleados. En su veredicto, el alto tribunal decreta que la monitorización de las comunicaciones electrónicas de un trabajador por sus contratantes es un “ataque a su derecho a la vida privada y a la correspondencia”.
En concreto, la corte entiende que se ha producido una violación del Artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que recoge el derecho a respetar la privacidad y la vida familiar, el hogar y la correspondencia. El dictamen concluye que las cortes nacionales a las que Bărbulescu acudía en primer lugar no han protegido adecuadamente sus derechos.
En concreto, se enfatiza el fallo de estas autoridades a la hora de determinar si el demandante había recibido notificación adecuada de sus jefes de que se podrían monitorizar sus comunicaciones. Tampoco se le había advertido sobre la naturaleza de esta vigilancia, o del alcance de la misma en lo que a su intrusión en sus comunicaciones privadas se refiere.
El Tribunal establece que las autoridades legales de Rumanía no han sido capaces de determinar las razones que han llevado a la monitorización del correo, si se podrían haber empleado mecanismos menos intrusivos o si se podría haber accedido a las comunicaciones sin el conocimiento del empleado.