El presidente del Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea, Bo Vesterdorf, ha decidido mantener de forma cautelar las sanciones que impuso en marzo la Comisión Europea al gigante informático Microsoft por violar las leyes antimonopolio, en una decisión que desoye la apelación de la multinacional para una suspensión.
Según dicho tribunal, “las pruebas aportadas por Microsoft no son suficientes para demostrar que la implementación de las sanciones impuestas por la Comisión Europea supongan daños serios e irreparables” a la compañía.
Esta decisión se produce además semanas después de que la mayoría de las empresas que apoyaban las sanciones de la Comisión contra el grupo de Bill Gates se retirasen del caso. A finales de noviembre, Vesterdorf presidió su última audiencia a puerta cerrada con las partes para tratar cuestiones procedimentales y de organización del mismo.
La empresa Novell y la Asociación de la Industria de Comunicaciones e Informática (CCIA), que habían apoyado activamente a la Comisión en su caso contra Microsoft por abuso de posición dominante, se retiraron de la demanda tras recibir fuertes compensaciones económicas de Microsoft, que alcanzaron los 536 y 19,75 millones de dólares respectivamente.
En estos momentos, sólo RealNetworks, cuyo reproductor de música y vídeo compite con el Windows Media Player, apoya el caso del Ejecutivo comunitario contra Microsoft.
El Tribunal de Primera Instancia ya celebró los pasados días 30 de septiembre y 1 de octubre una primera audiencia sobre esta suspensión cautelar de las sanciones, que consisten en obligar a Microsoft a revelar a sus rivales la información necesaria para que sus productos sean compatibles con Windows, y en comercializar una versión de este sistema operativo que no incluya el reproductor Media Player.
El pasado 24 de marzo, la Comisión impuso a la compañía de Bill Gates la mayor multa de la historia de la UE (497 millones de euros) por abuso de posición dominante. Vesterdorf adoptará la decisión mediante un auto motivado.
El auto podrá ser recurrido en casación ante el presidente del Tribunal de Justicia, la instancia superior, quien no tiene un plazo determinado para resolver dicha demanda de medidas provisionales.
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