Ayer, el Ministerio de Fomento recordaba la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y el hecho de que “exige que las personas y empresas que realicen transportes de viajeros por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica se encuentren previamente autorizados por la Administración.”.
En el comunicado, el Gobierno hizo especial hincapié en las multas que suponen realizar este tipo de servicios en los que, poner nuestro vehículo particular a disposición de otros usuarios. En resumen, multas que van desde los 401 euros hasta los 18.000 en casos reiterados de ofrecer el servicio “ilegalmente”.
¿Pero qué es ilegal? Pues la realización de transportes públicos, que según el artículo 140 de la LOTT: “La realización de transportes públicos o alguna de sus actividades auxiliares o complementarias, careciendo de la concesión, autorización o licencia que, en su caso, resulte preceptiva para ello de conformidad con las normas reguladoras de los transportes terrestres.”
Y esto nos lleva a lo que NO es ilegal, que son los transportes privados particulares y que según el artículo 101 son aquellos que cumplen: “a) Estar dedicados a satisfacer las necesidades de desplazamiento de carácter personal o doméstico del titular del vehículo y sus allegados. En ningún caso, salvo el supuesto de percepción de dietas o gastos de desplazamiento para su titular, el transporte particular puede dar lugar a remuneraciones dinerarias directas o indirectas. b) Realizarse en vehículos cuyo número de plazas, o capacidad de carga, no exceda de los límites que reglamentariamente se establezcan.”
Ante todo esto está más o menos claro, que los servicios en los que se comparten gastos (como BlaBlaCar) no tendrían sanción, mientras que los que permiten al conductor cobrar por el servicio (como Uber) sí lo son. Pero claro, la duda está en que ocurre con los servicios que permiten a los usuarios compartir gastos, ya que ellos si perciben beneficio económico.
Con la funesta experiencia del gobierno ante las energía renovables y crowdsourcing, en la que se persigue el consumo colaboratorivo siempre que puede y el uso de servicios alternativos ante los oligopolios, y con su apuesta para la destrucción de las libertades con la ley de seguridad ciudadana, las cosas no pintan bien y este “recordatorio” por parte del Gobierno puede ser la antesala para una nueva ley restrictiva.
Pero bueno, por ahora las cosas siguen como estaban, BlaBlaCar legal y Uber en un limbo administrativo en la que varios países lo declaran ilegal mientras la Comisión Europea indica que es totalmente legal. Aunque este anuncio sí que afecta sobre todo a Barcelona, donde UberPOP tendrá problemas. ¿Qué creéis que pasará?
vINQulos
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