A partir de ahora no bastará con incluir las siglas HD para vender un producto como “Alta Definición” en los canales españoles. El Congreso de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que regula la asignación de los múltiples de la Televisión Digital Terrestre (TDT) tras el cese de las emisiones de televisión analógica. La modificación del Real Decreto tiene por objetivo garantizar que los contenidos emitidos como Alta Definición cumplan una serie de características que hasta ahora no estaban delimitadas.
Para poder incluir la etiqueta con las siglas HD en la emisión de un programa, será necesario que la grabación y edición en origen tenga una resolución vertical de la componente de vídeo igual o superior a 720 líneas activas, con una relación de aspecto de 16:9, aunque su contenido podrá incluir piezas que no hayan sido producidas con estas características.
La normativa busca también flexibilizar la asignación de los múltiples de la TDT. De esta manera, se suprime la limitación de compartir la capacidad asignada mediante la explotación por cada uno de los operadores de dos canales de televisión en cada múltiple.
La nueva fórmula permite a los operadores compartir la capacidad mediante la explotación a partes iguales de la mitada de cada múltiple. Para emitir más de cuatro canales de televisión por operador, las emisiones de los canales adicionales deberán replicar íntegramente la programación de alguno de los cuatro canales iniciales.
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