Despega la regulación española para el uso de drones
El Consejo de Ministros ya ha aprobado “un régimen temporal” que permite el vuelo de drones de menos de 150 kilogramos con fines científicos o técnicos.
Todavía queda un trecho que recorrer, pero el Gobierno español está dispuesto a regular el uso de drones en nuestro país. Por lo pronto ya existe “un régimen temporal para las operaciones con aeronaves pilotadas por control remoto”.
Dicho régimen ha pasado el corte del Consejo de Ministros y, aunque habrá que esperar a que se apruebe la reglamentación final para hablar con la boca bien grande de la apertura histórica de España hacia este sector, ya sería posible realizar vuelos sobre lugares que no estén habitados en el espacio aéreo no controlado.
Eso sí, los drones no podrán pasar de los 150 kilogramos en condiciones de despegue y sólo estarán admitidos “para la realización de trabajos técnicos y científicos”, según explican desde el Ministerio de Fomento.
En esta categoría entrarían desde aquellas máquinas que permiten realizar tratamientos fitosanitarios hasta otras más apropiadas para las luchas contra incendios. También se contempla el uso de drones en situaciones de emergencia y salvamento, para vigilancia y para comunicaciones, incluida la publicidad aérea.
Las personas que vayan a controlar estos drones desde tierra deberán contar con una licencia de piloto o, en su defecto, acreditar “de forma fehaciente” sus conocimientos. Si bien lo más llamativo es que los aparatos de menos de 25 kilogramos estarán exentos de la inscripción en el Registro de Matrícula de Aeronaves.