Si Uber llega a instalarse en España y triunfar, nadie podrá decir que el camino ha sido fácil. La compañía de alquiler de vehículos con conductores particulares llegó a nuestro país en septiembre de 2014, sacudiendo el modelo tradicional del taxi.
El sector reaccionó declarando abiertamente la guerra, encontrando el apoyo del Ministerio de Fomento, que indicaba en un comunicado que “es necesaria autorización para el transporte de viajeros en turismos por cuenta ajena mediante retribución económica”. Poco después, la Comunidad de Madrid implantó medidas para frenar la implantación de Uber. En el mes de diciembre, un juez ordenó el cese de actividad del servicio en España, obligando a la compañía a suspender temporalmente su servicio en España.
Por si fuera poco, la Comunidad Valenciana y Cataluña aprobaron normativas que permitían inmovilizar aquellos vehículos que incumpliesen la legislación de movilidad autonómica, tratando de frenar el desarrollo de Uber. Y en el ámbito nacional, el Ministerio de Fomento, aprobaba en noviembre de 2015 un Real Decreto, con el que pretendía obstaculizar este tipo de servicios.
Con toda esta polémica, un juez español solicitó a la Unión Europea que se pronunciase sobre la legalidad de Uber. Hay que señalar que la Comisión Europea ha sido mucho más flexible respecto a la llegada de este tipo de servicios, dejando claro su apoyo al desarrollo de servicios de movilidad innovadores. Tal vez podría cristalizar en una normativa que introdujese a empresas como Uber o Cabify dentro de la legalidad.
Pero antes de que llegue un marco legal europeo más propicio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado un paso que puede ser decisivo para la implantación de la compañía en nuestro país. El pasado jueves, dicho organismo remitió al Consejo de Ministros un requerimiento de anulación de varios artículos del Real Decreto publicado el pasado mes de noviembre, ya que considera que “incorpora numerosas restricciones a la competencia, limita la entrada y la capacidad de competir de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) y reduce la competencia en el mercado de transporte urbano de viajeros y blinda el régimen de monopolio en los servicios de taxi, frenando la innovación en el sector”.
La CNMC especifica cuáles son los aspectos que deberían ser eliminados, centrándose en el límite del número de autorizaciones que fija la norma, la obligación de contratar el servicio antes de su prestación, la limitación geográfica para operar y ciertos requisitos técnicos y de antigüedad exigidos.
Considera que estas restricciones “son contrarias a los principios de regulación económica eficiente [..], carecen de justificación económica, obstaculizan la competencia efectiva en el transporte urbano de pasajeros en todo el territorio nacional, y reducen el bienestar general. Estos impedimentos a la libre competencia son especialmente gravosos en el momento actual de innovación acelerada en el sector, que se vería frenada por la norma. Por lo tanto, deben ser eliminadas del marco normativo”.
Asimismo, advierte que “en el caso de que no se atienda el requerimiento realizado, la CNMC impugnará ante los tribunales este Real Decreto, para conseguir que estas restricciones puedan ser eliminadas del marco normativo y aumentar el bienestar general”.
Cabe recordar que Uber también ha tenido problemas en otros países, como Francia, Italia, Holanda, Alemania, China o Corea del Sur.
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