Los servicios jurídicos de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) recurrirán ante el Tribunal Supremo el Reglamento general de prestación del servicio de difusión de radio y televisión por cable, por entender que el Gobierno asume competencias en materia de concesión de estas licencias, así como de la defensa de la competencia en el mercado del cable que pertenecen al organismo regulador. La CMT considera que dicho reglamento “vulnera sus competencias en materia audiovisual”.
Así lo anuncia un portavoz del citado órgano, que apunta que dichas atribuciones pertenecen a la CMT tal y como se recoge en la Ley de 1997 que regula la creación del propio organismo, de rango superior al reglamento aprobado en el Consejo de Ministros del día 28 de julio. La CMT tenía hasta el momento las atribuciones de conceder título habilitante para la prestación de estos servicios audiovisuales por cable, y de velar por la libre competencia en ese mercado.
La consideración que hace el reglamento de dicha actividad es de transmisión y difusión de contenidos, mientras que la CMT entiende que se trata de la prestación de un servicio de telecomunicaciones que requiere de título habilitante. En el citado reglamento quedaron aprobadas, entre otras medidas, la reducción de la antelación con que las televisiones están obligadas a dar a conocer su programación, que pasó de 11 a 3 días.
El reglamento nació con la intención de “liberalizar” la prestación de los servicios audiovisuales por cable y desarrollaba la delimitación de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. De esta manera, quedaba reservada a la CMT la gestión del registro de autorizaciones, pero quedando en manos de Industria “el otorgamiento de las autorizaciones, así como la inspección y control de dichos servicios cuando fueran competencia del Estado”.
Según consta en la resolución de la CMT, el 7 de julio, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, dependiente de Industria, hizo llegar a la CMT el proyecto del Reglamento, que contestó con un informe “mostrando su disconformidad” al considerar que “no se ajustaba a la legalidad vigente”. El reglamento fue aprobado a finales de julio y se publicó en el BOE el 2 de septiembre.
La CMT disponía entonces de dos meses para presentar recurso, que basa en la “ilegalidad de varios preceptos” del reglamento y la “vulneración de sus competencias en materia audiovisual”.
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