La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha aprobado un anteproyecto de circular con el objetivo de fijar las condiciones que deberán cumplir las Administraciones Públicas (AA.PP.) a la hora de explotar redes o brindar servicios de comunicaciones electrónicas.
El documento fue elaborado tras el análisis de las respuestas a una consulta pública lanzada en junio de 2009. Ahora se abre un periodo de veinte días para realizar alegaciones sobre el anteproyecto de esta circular.
La normativa destaca que las AA.PP que exploten redes y servicios de comunicaciones electrónicas deberán notificarlo con antelación a la CMT, conforme a lo estipulado por la Ley General de Telecomunicaciones.
La excepción a esta regla ocurre cuando los servicios se ofrezcan en régimen de autoprestación (ya que dichos servicios estarían vinculados a las funciones propias del personal de la AA.PP). En estos casos, no se requiere la notificación a la CMT.
El anteproyecto de circular también incluye los principios generales de actuación, que establecen que las AA.PP deberán actuar de conformidad con el principio del inversor privado en una economía de mercado y tendrán que mantener cuentas separadas correspondientes a sus actividades de telecomunicaciones.
La CMT permitiría, en caso de aprobarse la circular, la prestación de conectividad WiFi por parte de las AA.PP siempre que la cobertura de la red no llegue edificios residenciales y que la velocidad no supere los 256 Kbps.
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