Tras un año de trabajo y dos consultas públicas, la Carta de Derechos Digitales de España se ha hecho realidad.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha presentado el texto final, que llega con el objetivo de “proteger los derechos” de la ciudadanía “en la nueva era de internet y la inteligencia artificial”, donde surgen “vulnerabilidades nuevas y de extrema gravedad”.
Es decir, tiene por misión “generar certidumbre a la sociedad en esta nueva realidad digital y aumentar la confianza”.
La Carta carece de carácter normativo, pero quiere convertirse en “marco de referencia para la acción de todos los poderes públicos”, como “guía para futuros proyectos legislativos y desarrollar políticas públicas más justas, que nos protejan a todos”, según ha explicado el presidente.
En este mismo sentido, la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, defiende su existencia como “brújula que nos oriente hacia una transición digital, sostenible e inclusiva”, que “asegure que los derechos de los que gozamos los españoles son iguales en el mundo online y en el mundo offline“, para “garantizar una digitalización humanista que ponga en el centro a las personas”.
La Carta se estructura en torno a seis categorías diferentes de derechos, empezando por los derechos de libertad, entre los que se incluyen, la protección de datos, la identidad, el “pseudonimato”, la imposibilidad de ser localizado, la ciberseguridad o la herencia digital. Así, por ejemplo, se abre la opción de recibir en herencia los bienes y derechos digitales de una persona fallecida.
Los derechos de igualdad, por su parte, recogen cuestiones como la accesibilidad universal o el derecho a usar internet. Pero también la protección de los menores (y la implantación de procedimientos para verificar la edad) o la no discriminación en cuestión de género, nivel de autonomía o grado de capacitación digital.
Dentro de los derechos de participación y de conformación del espacio público, la Carta tiene en cuenta la neutralidad de la red, las libertades de información y expresión o las posibilidades que surgen con la educación digital y la participación ciudadana por medios digitales, entre otros temas.
Se incluye la labor informativa y se habla de protocolos que garanticen el “derecho a recibir información veraz”, diferenciando la publicidad, piezas elaboradas mediante procesos automatizados o contenidos priorizados con técnicas de perfilado. También se contempla el derecho a rectificar noticias, solicitar actualizaciones, ejercer el derecho al olvido o evitar técnicas de análisis.
Los derechos del entorno laboral y empresarial, en cuarto lugar, revisan realidades como el teletrabajo, la desconexión digital, la conciliación y la necesidad de formación o el uso de sistemas biométricos y de geolocalización.
Los derechos digitales en entornos específicos abarcan desde el acceso a datos con fines de investigación a cuestiones culturales o sanitarias, incluyendo las neurotecnologías. Uno de sus apartados trata el tema de la inteligencia artificial, con la no discriminación algorítmica o el derecho a solicitar una supervisión humana o impugnar decisiones automatizadas como puntos clave.
Por último, en el apartado de garantías y eficacias se prometen mecanismos de control, la garantía de todos los derechos en las relaciones con la Administración de Justicia y la evaluación de las leyes vigentes para su adaptación al entorno digital.
Esta Carta de Derechos Digitales ha sido elaborada entre la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y representantes de la Vicepresidencia Primera, el Ministerio de Justicia y la Agencia Española de Protección de Datos.
Forma parte del cumplimiento de la Agenda España Digital 2025 y está relacionada también con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia por el cual se dedicarán cerca de 20 000 millones de euros a la transformación digital.
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