La Sociedad General de Autores y Editores contrató a un detective para grabar un vídeo “de incógnito” en una boda y aportar el vídeo como prueba en un juicio de Sevilla en el que la SGAE denunciaba al salón de bodas por utilizar en sus celebraciones canciones protegidas por los derechos de autor. En ese juicio, el salón de bodas tuvo que pagar una multa de 43.179 euros por derechos de autor por otras pruebas periféricas, ya que la sentencia del juzgado de lo Mercantil declaró nulo el vídeo porque constituía “una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen”, más aún cuando se había grabado “a escondidas, cuando la celebración estaba ya avanzada”.
Al conocer la sentencia, la Asociación para la Protección de Datos de los Consumidores ha denunciado los hechos a la Agencia de Protección de Datos, que ha abierto un expediente sancionador a la SGAE. La multa podría ascender a 300.500 euros.
Más información aquí.
Deberían rondar los 157 millones de euros, según sus cálculos, con 6 millones de EBITDA.
La plataforma de Riverbed es capaz de recolectar los datos que pasan por las redes…
Según datos de Fastly, les lleva de media 7,3 meses cuando el plazo previsto es…
Junto a las ediciones Foundation y Advanced llegan otras mejoras, como la integración con Veeam…
Keepler y Starburst organizan junto a Silicon un evento en el que analizar y reflexionar…
Durante el segundo trimestre de su ejercicio fiscal 2024/25 acumuló 17.900 millones de dólares, que…