Llegó enero, y con él su consabida cuesta. A las habituales subidas por estas fechas de luz y transporte, los autónomos y emprendedores deberán añadir este año el regalo envenenado que les ha preparado el Gobierno en forma de aumento de las cotizaciones sociales. A ello hay que añadir la supresión de la cobertura del Fogasa y de los aplazamientos en los pagos de las retenciones del IRPF de trabajadores y profesionales, que afectan especialmente a las pymes.
Las 6 medidas, aprobadas por el Ejecutivo en diciembre y calificadas por Cepyme como muestra del “afán recaudatorio del Gobierno”, son los siguientes:
1. Subida de la base mínima de cotización. Desde este mes, la base mínima de cotización a la Seguridad Social, elegida por un alto porcentaje de los autónomos españoles, sube un 2% para este colectivo. Es decir, se pasa de los 858,60 euros de base mínima actuales a 875,70 euros. Esto significa que la cuota mínima mensual que un autónomo debe pagar a la Seguridad Social subirá de 256,72 a 261,83 euros.
2. Subida de la base máxima de cotización. No sólo sube la base mínima; la base máxima de cotización para los autónomos también se eleva, en este caso un 5%. Así, pasa de 3.425,70 a 3.597 euros. Los que pagaban hasta ahora 1.024, 43 euros a la Seguridad Social empezarán a abonar 1.075,50, es decir, 50 euros más al mes.
3. Autónomos societarios. Peor es aún el cambio para los autónomos societarios. Estos profesionales, que necesariamente deben cotizar como tales por poseer un porcentaje significativo del capital de la empresa, y los autónomos con más de 10 trabajadores su cargo, verán cómo su base mínima de cotización se eleva hasta los 1.051,50 euros, por lo que la cotización mínima mensual sube desde los 256,72 a 313,34 euros: un incremento del 22%.
4. Nuevos conceptos. Además, tanto empresas como autónomos deberán cotizar desde este mes por conceptos hasta ahora excluidos, como son el plus de transporte, los cheques comida, determinados gastos de manutención, los seguros médicos o los planes de pensiones, entre otros. Esta medida modifica el artículo 109.2 de la Ley General de la Seguridad Social.
5. Supresión de la cobertura del Fogasa. A estas cuatro subidas en las cotizaciones se suman otras dos medidas que en este caso empeoran el marco legal para las pymes. La primera es la eliminación de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) en caso de extinciones de contratos por causas objetivas, en empresas de menos de 25 trabajadores. Esta medida dificulta que las pequeñas empresas puedan adaptar sus plantillas en momentos de dificultad.
6. Fin de los aplazamientos en los pagos del IRPF. Por último, también desaparecen los aplazamientos en los pagos de las retenciones del IRPF de trabajadores y profesionales, que se venían presentando con el Modelo 111. Estos aplazamientos eran vitales en muchos momentos del ejercicio para las pymes, debido a las frecuentes tensiones de tesorería que provoca la alta morosidad.
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