El operador Digimobil podrá aplicar recargos en roaming
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se lo ha autorizadodo al demostrar que “no puede recuperar los costes que tiene cuando ofrece este servicio”.
Aunque en la Unión Europea funciona desde hace meses la “itinerancia como en casa“, la normativa europea sobre roaming admite excepciones. Y una de ellas acaba de autorizarse en España.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha autorizado al operador móvil virtual Digimobil la aplicación de un recargo cuando ofrezca servicios móviles en roaming a sus clientes. Podrá aplicar un recargo máximo dentro de la Unión de 0,0179 euros el minuto para las llamadas salientes, de 0,01 euros por SMS enviado y de 0,0043 euros por MB (esto último hasta el 31 de diciembre de 2017, mientras que desde el 1 de enero deberán ser 0,0034 euros/MB).
“Se trata de un caso excepcional, que permite la normativa”, explica la CNMC, “cuando un operador demuestra que no puede recuperar los costes que tiene cuando ofrece este servicio. De esta forma, se garantiza que pueda mantener su esquema de tarifas nacionales”.
El organismo también ha comunicado que los recargos autorizados son menores a los que había solicitado Digimobil “ya que sólo deben cubrir costes que no pueda recuperar al prestar sus servicios regulados de roaming“. Eso sí, la CNMC dice que las previsiones de la operadora en ingresos y costes a doce meses tienen margen neto negativo de más del 3 %, que es lo que establece el reglamento sobre recuperación de costes por prestación de servicios de itinerancia al por menor.
Digimobil podrá aplicar los recargos durante doce meses. Y, si quiere seguir aplicándolos más allá de ese periodo de un año, deberá volver a comunicárselo a Competencia.